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Control del fraude

El artículo 125.4.c) del Reglamento (UE) nº 1303/2013, indica la necesidad de “aplicar medidas antifraude eficaces y proporcionadas, teniendo en cuenta los riesgos detectados. Las medidas antifraude aplicadas en el Ayuntamiento de Málaga serán acordes con las establecidas en la Guía de la Comisión Europea para el periodo de programación 2014- 2020, sobre Evaluación del riesgo de fraude y medidas anti-fraude eficaces y aplicará medidas antifraude a lo largo del proceso de gestión de la Estrategia DUSI.

También se tendrán en cuenta las orientaciones elaboradas por la OLAF (Oficina Europoea de Lucha contra el Fraude), destacándose los siguientes documentos: “Detección de documentos falsificados en el ámbito de las acciones estructurales”, “Detección de conflictos de intereses en los procedimientos de contratación pública en el marco de las acciones estructurales” y la nota informativa sobre los indicadores de fraude al FEDER, al FSE y al FC (COCOF 09/003/00 DE 18.2.2009).

 Además, constituirá un equipo especializado en evaluación de riesgo. Dicho Comité de Evaluación estará compuesto por las siguientes personas:

  • Un/a Miembro de la Asesoría Jurídica Municipal;
  • Un/a Miembro de la Secretaría General;
  • Jefa/e de Servicio de Contratación del Ayuntamiento, o persona que la sustituya;
  • Jefa/e de Servicio de Contratación de la Gerencia Municipal de Urbanismo, Obras e Infraestructuras, o persona que la sustituya;
  • Jefe/a de Servicio de Gestión Financiera del Ayuntamiento, o persona que lo sustituya;
  • Director/a General de Economía y Presupuestos o persona que lo sustituya;
  • Un/a Miembro del Departamento de Contratación de la Empresa Municipal de Aguas (EMASA);
  • Jefe/a de Servicio de Programas Europeos, o persona que lo sustituya.

Medidas y compromisos del Ayuntamiento de Málaga como Organismo Intermedio Ligero (OIL), en la lucha contra el fraude

Con objeto de prevenir y detectar el fraude se cumplirá con las siguientes funciones:

  • Asegurar que existe un adecuado sistema de control interno dentro de su área de responsabilidad.
  • Asegurar la debida diligencia y la implementación de las medidas de precaución en caso de sospecha de fraude.
  • Adoptar medidas correctoras, incluidas las sanciones administrativas, según proceda.
  • Facilitar periodicamente al Organismo Intermedio de Gestión, información sobre los resultados de sus medidas de prevención del fraude.
  • Sensibilizar y si fuere necesario ofrecer formación continua del personal propio y de las personas beneficiarias.
  • Participar en las jornadas formativas previstas en la Red de Inciativas Urbanas (RIU).

De tal forma la estrategia de actuación del Ayuntamiento de Málaga se estructurará a partir de los siguientes cuatro ámbitos básicos que constituyen el ciclo de lucha contra el fraude, con el fin de reducir su aparición al mínimo posible:

  • Prevención.
  • Detección.
  • Corrección.
  • Persecución.

Prevención: El Ayuntamiento de Málaga tiene la firme determinación de actuar en contra de todo tipo de prácticas fraudulentas que pongan en peligro el logro de los objetivos definidos en la Estrategia DUSI. Con esta finalidad,  El Ayuntamiento de Málaga ha elaborado un Código Ético y de Conducta en esta materia, para difundirlo entre el personal involucrado en la gestión y ejecución del proyecto que deberán declarar su adhesión.

Detección: Una pieza clave de la estrategia de lucha contra el fraude es un robusto sistema de control interno. Hay que asegurar que los procedimientos de  control interno  administrativo y sobre el terreno focalizan la atención en los puntos principales de riesgo de fraude y en sus posibles hitos y marcadores. Además, la simple existencia de este sistema de control servirá de elemento disuasorio a perpetración de fraudes.

Corrección y persecución: El Ayuntamiento de Málaga establecerá medidas antifraude e informará a las entidades competentes de posibles sospechas de fraude detectadas a la mayor brevedad posible y de las medidas que se apliquen para su corrección y persecución.

Las medidas de prevención y detección de fraude se incorporarán en los procesos de control interno de las operaciones. Los sistemas internos de control serán revisados ante una sospecha de fraude o fraude probado, por si se han visto afectados y, si fuera necesario, se rectificarán.

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